Días festivos obligatorios 2027 y cuánto te pagan si trabajas
En 2027 hay ocho días de descanso obligatorio con goce de sueldo, incluida la jornada electoral del 6 de junio. Si trabajas cualquiera de ellos, te deben tu salario normal más un salario doble: en total, tres veces lo de un día. Con $500 diarios, eso son $1,000.00 adicionales por cada festivo trabajado.
El calendario de 2027
| Fecha | Día | Conmemoración | Fracción del art. 74 |
|---|---|---|---|
| 1 de enero | viernes | Año nuevo | I |
| 1 de febrero | lunes | Día de la Constitución (5 de febrero) | II |
| 15 de marzo | lunes | Natalicio de Benito Juárez (21 de marzo) | III |
| 1 de mayo | sábado | Día del Trabajo | IV |
| 6 de junio | domingo | Jornada electoral federal | IX |
| 16 de septiembre | jueves | Día de la Independencia | V |
| 15 de noviembre | lunes | Revolución Mexicana (20 de noviembre) | VI |
| 25 de diciembre | sábado | Navidad | VIII |
El 1 de octubre solo es festivo cada seis años, cuando cambia el titular del Poder Ejecutivo Federal; el siguiente será en 2030. Los días como el 2 de noviembre, el 12 de diciembre o el jueves y viernes santos no están en la ley: descansarlos depende de tu contrato o de la costumbre de tu empresa. Algunos estados también tienen elecciones locales el 6 de junio de 2027; esa jornada está cubierta por la fracción IX.
Cuánto te pagan si trabajas un festivo
El artículo 75 dice que, si trabajas un día de descanso obligatorio, tienes derecho a que se te pague, independientemente del salario de ese día, un salario doble por el servicio prestado. Con el salario mínimo general de 2026 ($315.04), un festivo trabajado te deja $630.08 adicionales. Con $500 diarios, $1,000.00.
Si el festivo cae en domingo, como la jornada electoral de 2027, también te toca la prima dominical del 25 %. Si además ese domingo es tu día de descanso semanal, se suma el pago doble del artículo 73. Un mismo día puede generar tres pagos distintos.
Festivos que caen en tu día de descanso
En 2027, el 1 de mayo y el 25 de diciembre caen en sábado, y el 6 de junio en domingo. Si ese día ya era tu descanso, no te dan otro día: la ley no obliga a recorrerlo. Pero tampoco te pueden descontar nada, porque ambos días son con goce de sueldo.
Ejemplo: trabajar el 16 de septiembre con horas extra
El 16 de septiembre de 2027 cae en jueves. Si ganas $500 diarios en jornada diurna y ese día te piden 10 horas, se juntan dos cosas. Primero, por trabajar el festivo te deben tu salario del día más $1,000.00 de pago doble. Segundo, las 2 horas que pasan de tu jornada de 8 son tiempo extra y se cuentan con las demás horas extra de la semana, al doble si caben en el límite. El festivo no «absorbe» las horas extra: son dos pagos distintos.
Lleva un registro de qué festivos trabajaste y cuántas horas. Si al revisar tu recibo no aparece el pago doble, recuerda que tienes un año para reclamarlo; pasado ese plazo, el derecho prescribe (artículo 516).
Quién decide quién trabaja
El artículo 75 dice que trabajadores y patrones determinan cuántas personas deben trabajar los días festivos. Si no hay acuerdo, decide el tribunal. En la práctica, en servicios continuos como hospitales, comercio o transporte siempre se trabaja; lo importante es que el pago doble aparezca en tu recibo.
Cómo planear tu año
- Tres puentes en lunes: 1 de febrero, 15 de marzo y 15 de noviembre.
- Un viernes: 1 de enero.
- Tres en fin de semana: 1 de mayo, 6 de junio y 25 de diciembre.
Si trabajas por turnos, revisa en tu calendario qué festivos te tocan y lleva la cuenta. Puedes calcular el total con la calculadora de día festivo y descanso y tus horas extra con la calculadora de horas extra.
Preguntas frecuentes
¿El 2 de noviembre es festivo oficial?
¿El jueves y viernes santos son obligatorios?
¿El pago doble del festivo paga ISR?
Fuentes
- Ley Federal del Trabajo vigente, artículos 74 y 75
- PROFEDET
- INE: Proceso Electoral Federal 2026-2027 (jornada del 6 de junio de 2027)
Actualizado el 5 de octubre de 2026