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Calculadora de día festivo y descanso trabajado

Si trabajas un día festivo oficial o tu día de descanso, te deben tu salario normal más el doble como pago adicional: en total, tres veces lo de un día. Si trabajas en domingo, además te toca una prima del 25 % de tu salario diario.

Qué dice la ley

La Ley Federal del Trabajo tiene tres reglas distintas para los días especiales, y se pueden sumar entre sí. El artículo 73 dice que no estás obligado a trabajar tu día de descanso; si lo haces, tu patrón te paga, además de tu salario de ese día, un salario doble por el servicio. El artículo 75 da la misma regla para los días de descanso obligatorio, que son los festivos oficiales. Y el artículo 71 da una prima de al menos 25 % sobre tu salario diario cuando trabajas en domingo.

SituaciónLo que te deben aparte de tu salario del díaArtículo
Día festivo oficial trabajado2 salarios diarios75
Día de descanso semanal trabajado2 salarios diarios73
Domingo trabajado (aunque no sea tu descanso)25 % de un salario diario71
Domingo que además es tu descanso2 salarios + 25 %71 y 73

Los días festivos obligatorios

El artículo 74 enumera los días de descanso obligatorio: el 1 de enero; el primer lunes de febrero (5 de febrero); el tercer lunes de marzo (21 de marzo); el 1 de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre (20 de noviembre); el 1 de octubre cada seis años, cuando cambia el titular del Poder Ejecutivo; el 25 de diciembre, y los días de elecciones federales y locales ordinarias. Si trabajas cualquiera de ellos, aplica la regla del pago adicional doble.

Con un salario de $500 diarios, trabajar el 16 de septiembre significa cobrar $500 de tu día más $1,000 adicionales. Si ese día además cae en domingo, se suman $125 de prima dominical.

¿Y si trabajo los siete días?

La ley exige al menos un día de descanso con goce de salario por cada seis de trabajo (artículo 69). Si trabajaste los siete días de la semana, el séptimo es tu descanso trabajado y se paga con la regla del artículo 73. Las horas extra de esa semana se cuentan aparte en la calculadora de horas extra.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden obligar a trabajar un día festivo?
El artículo 75 permite que trabajadores y patrones acuerden quién trabaja los días de descanso obligatorio; si no hay acuerdo, decide la autoridad laboral. Quien trabaja ese día tiene derecho al pago adicional doble.
¿La prima dominical aplica si mi descanso es otro día?
Sí. La prima del 25 % se paga por trabajar en domingo, sin importar cuál sea tu día de descanso. Si tu descanso es el domingo y lo trabajas, además te toca el pago doble del artículo 73.
¿Qué hago si no me pagaron un festivo trabajado?
Pide tu recibo de nómina y revisa el concepto. Si no aparece, puedes reclamarlo a tu patrón o pedir orientación gratuita en la PROFEDET. Tienes un año para reclamar pagos de este tipo.